Hay que decir que Ecologistas Extremadura es sumamente crítico con este documento que ahora se presenta, que es un claro retroceso con respecto al Plan Rector aprobado inicialmente en el año 2006, que nunca llegó a tramitarse plenamente. La administración autonómica pretende incluir los terrenos con construcciones ilegales en zonas de uso generaL.
Mientras, en estos años, en las cercanías de embalse de Orellana se han realizado de forma descontrolada multitud de construcciones como segunda vivienda. Este verdadero boom urbanístico de construcciones ilegales, se traduce, según nuestros cálculos y siendo prudentes, en al menos 160 construcciones, carentes además de las autorizaciones necesarios según se deduce de las actuaciones del SEPRONA.
Algunas de las construcciones ilegales denuncias por Ecologistas Extremadura cerca de la orilla del Embalse
La Administración Regional competente en medio ambiente, durante años ha realizado una clara dejación de funciones, dado que en ningún momento ordenó la paralización de las obras y en muchos casos las sanciones administrativas eran ridículas, no tramitando en ningún caso estas denuncias como delito ante los tribunales competentes, según el código penal vigente.
Todo ello se traduce en que se ha perjudicado un patrimonio natural de todos y se permite que se cometa la injusticia de que determinadas personas que deciden no respetar las leyes, que la mayoría de los ciudadanos respetan, construyan ilegalmente a sabiendas, sin pagar ningún tipo de licencia, sin proyectos, en muchos casos contaminando los acuíferos y sin esperar los plazos legales pertinentes. Lo cual evidentemente es un agravio comparativo para el resto de ciudadanos que respetan las leyes.
Hay que decir sobre la aplicación de las medidas cautelares recogidas en la actual Ley 8/1998 de Conservación de la Naturaleza y Espacios Protegidos, que en ningún caso se aplicaron. Como ejemplo de un caso similar, podemos señalar el municipio de Hellín (Albacete), donde una urbanización invadía terrenos de Natura 2000 y un juez retiró licencias municipales dado que durante la tramitación de un instrumento de ordenación “no podrán realizarse actos que supongan la alteración de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos del plan”. Recuerdan.
Tras las denuncias de las asociaciones conservacionistas y del SEPRONA, y tras la primera condena penal por parte de los tribunales por la realización de un chalet en el embalse de Orellana, a la administración parece que le entran las prisas y comienza una nueva tramitación del PRUG, lo que podría tener el objetivo de obstruir las posibles sentencias que pudieran ir apareciendo y lo que es más grave defendiendo los intereses de quienes no han querido respetar las leyes en detrimento de los ciudadanos que las respetan.
Esta asociación quiere aclarar, que en todo caso, la posible modificación del PRUG no tiene carácter retroactivo, teniendo que tramitarse todos los procedimientos sancionadores, sea vía penal o administrativa que se encuentren en curso. Por otro lado, las Normas Subsidiarias de todos los municipios de la zona recogen los terrenos de la ZIR como suelos no urbanizables, esto hace que en todo caso, una construcción sin los preceptivos permisos y licencias municipales haga que siga constituyendo un delito según se recoge en el artículo 319 apartado 2 del Código Penal.
En este sentido recuerdan el derribo por sentencia judicial el año pasado de una construcción ilegal en un espacio que no estaba declarado espacio natural protegido, en el rincón de Caya en Badajoz, camino que creen deben seguir las construcciones ilegalmente construidas y a sabiendas en los últimos años, es conocido públicamente la ilegalidad de estas construcciones habiendo sido notorio el caso de la mujer del alcalde de Villanueva de la Serena que desmontó una casa instalada sin las autorizaciones pertinentes, iniciativa a la que animan a quienes están incursos en causas penales, para evitarse males mayores.
Desde esta asociación aclaran que seguirán denunciando y pondrán especial énfasis en pedir la demolición de lo ilegalmente construido, como forma de acabar con estas prácticas ilegales e injustas que perjudican el patrimonio natural de todos por conseguir el beneficio inmediato de personas o empresas que no respetan las leyes, frente al resto, la mayoría, que si las respetan.
Por otro lado, el PRUG redactado por técnicos de la empresa pública GPEX, muestra carencias notables, entre otras muchas en ningún momento menciona a la especie Serapias perez-chiscanoi. El 20% de la población total de esa orquídea catalogada “En peligro de extinción” en Extremadura se encuentra dentro del ZIR “Embalse de Orellana y Sierra de Pela” o en zonas limítrofes. Esto conlleva que la Zonificación de Usos no sea la adecuada al status de conservación de esta especie. O por citar otro “presunto descuido” no aborda la prohibición obligatoria de utilizar como munición plomo al tratarse de un Humedal Internacional RAMSAR, tal como se fija en el articulo 62. j) de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Dos errores de bulto al entender de esta asociación que dejan a las claras la poca calidad del trabajo realizado.
Desde Ecologistas Extremadura confían en que se corrija este borrador y se presente otro que realmente ayude a preservar los notables valores naturales de la ZIR Embalse de Orellana y Sierra de Pela.