Tejón exhibido como trofeo en la página web http://jagdterrierzorras.jimdo.com/ actualmente desactivada por los autores tras las investigaciones de las autoridades
El pasado 14 de septiembre, Ecologistas Extremadura denunció ante la Dirección General de Medio Natural y el SEPRONA la existencia en Internet de una serie de grabaciones y fotografías en las que se cometían graves infracciones contra diversas leyes relacionadas con el maltrato animal, las especies protegidas y la caza.
Todo se inició al descubrirse en la red una página que contenía vídeos y fotografías en los que mueren o son capturados varios animales, pertenecientes tanto a especies amenazadas como cinegéticas.
Las especies afectadas son el meloncillo (Herpestes ichneumon), el tejón (Meles Meles) y la gineta (Genetta genetta), tres mamíferos protegidos, catalogados como de “Interés Especial” en el Anexo I del Decreto 37/2001, regulador del Catálogo de Especies Amenazadas de nuestra comunidad autónoma. A los citados cabe añadir el zorro (Vulpes vulpes), especie cinegética cuya caza sólo puede realizarse bajo unas normas legales muy concretas.
Así, en el primer vídeo un zorro vivo es introducido en un pequeño recinto alambrado en el que es acosado, perseguido y muerto por varios perros. El segundo muestra como un sujeto azuza con el pellejo de un zorro a un grupo de cachorrillos de perro, que desde muy jóvenes son ya entrenados para matar. El tercer vídeo es de una crueldad inusitada: al menos dos individuos, un hombre y una mujer, graban la muerte de un meloncillo a manos de varios perros. Tan llamativo es en este video la dureza de las imágenes como el gozo y el disfrute que estos sujetos demuestran con sus comentarios durante los dos minutos y medio que dura la pesadilla para el meloncillo.
Aparte de estos vídeos, en la misma página web, aparece una fotografía de un tejón abatido en una cacería y otra de una gineta encerrada en una pequeña jaula.
Estos hechos además de poder ser delito penal tanto por el maltrato animal como por afectar a especies protegidas incumplen de forma flagrante diversas disposiciones de la Ley 8/98 de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura. Así, en su artículo 59, apartado 5.a, la citada ley alude expresamente a la prohibición de la persecución, captura y muerte de individuos que formen parte del Catálogo de Especies Amenazadas. El apartado 5.c de ese mismo artículo prohíbe la posesión, transporte y exposición de cualquier ejemplar que pertenezca a dicho grupo. Esta ley, en su artículo 66, refleja como infracción muy grave, la práctica de la caza sobre Especies Amenazadas sin la preceptiva autorización. De igual manera se incurre en diversas infracciones calificadas como graves: posesión de especies protegidas, uso de especies silvestres en actividades que deriven en daños para el animal y actuaciones que promuevan o inciten acciones contra la conservación de la naturaleza si derivan en efectos lesivos. De la seriedad de los hechos que aquí se relatan da prueba que las sanciones por infracciones muy graves son castigadas con un mínimo de 60000 euros y retirada de licencia de caza por un periodo de hasta 10 años; en el caso de las infracciones graves la sanción minima es de 6000 euros y puede ir acompañada de la retirada de la licencia de caza por un período de hasta cinco años.
Todo se inició al descubrirse en la red una página que contenía vídeos y fotografías en los que mueren o son capturados varios animales, pertenecientes tanto a especies amenazadas como cinegéticas.
Las especies afectadas son el meloncillo (Herpestes ichneumon), el tejón (Meles Meles) y la gineta (Genetta genetta), tres mamíferos protegidos, catalogados como de “Interés Especial” en el Anexo I del Decreto 37/2001, regulador del Catálogo de Especies Amenazadas de nuestra comunidad autónoma. A los citados cabe añadir el zorro (Vulpes vulpes), especie cinegética cuya caza sólo puede realizarse bajo unas normas legales muy concretas.
Así, en el primer vídeo un zorro vivo es introducido en un pequeño recinto alambrado en el que es acosado, perseguido y muerto por varios perros. El segundo muestra como un sujeto azuza con el pellejo de un zorro a un grupo de cachorrillos de perro, que desde muy jóvenes son ya entrenados para matar. El tercer vídeo es de una crueldad inusitada: al menos dos individuos, un hombre y una mujer, graban la muerte de un meloncillo a manos de varios perros. Tan llamativo es en este video la dureza de las imágenes como el gozo y el disfrute que estos sujetos demuestran con sus comentarios durante los dos minutos y medio que dura la pesadilla para el meloncillo.
Aparte de estos vídeos, en la misma página web, aparece una fotografía de un tejón abatido en una cacería y otra de una gineta encerrada en una pequeña jaula.
Estos hechos además de poder ser delito penal tanto por el maltrato animal como por afectar a especies protegidas incumplen de forma flagrante diversas disposiciones de la Ley 8/98 de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura. Así, en su artículo 59, apartado 5.a, la citada ley alude expresamente a la prohibición de la persecución, captura y muerte de individuos que formen parte del Catálogo de Especies Amenazadas. El apartado 5.c de ese mismo artículo prohíbe la posesión, transporte y exposición de cualquier ejemplar que pertenezca a dicho grupo. Esta ley, en su artículo 66, refleja como infracción muy grave, la práctica de la caza sobre Especies Amenazadas sin la preceptiva autorización. De igual manera se incurre en diversas infracciones calificadas como graves: posesión de especies protegidas, uso de especies silvestres en actividades que deriven en daños para el animal y actuaciones que promuevan o inciten acciones contra la conservación de la naturaleza si derivan en efectos lesivos. De la seriedad de los hechos que aquí se relatan da prueba que las sanciones por infracciones muy graves son castigadas con un mínimo de 60000 euros y retirada de licencia de caza por un periodo de hasta 10 años; en el caso de las infracciones graves la sanción minima es de 6000 euros y puede ir acompañada de la retirada de la licencia de caza por un período de hasta cinco años.
Por otro lado, la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 32, apartado 4, considera infracciones muy graves: “maltratar, torturar o infligir daños a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir la muerte”, así como la filmación de escenas que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento y la celebración de peleas entre animales.
Un fotograma del vídeo en el que introducen un zorro con varios perros en una jaula hasta que lo matan estaba colgado en youtube en:
http://www.youtube.com/watch?v=_55r3ZjhV_w al que se accedía a través de su página http://jagdterrierzorras.jimdo.com/ actualmente borrado su contenido por los autores tras las investigaciones de las autoridades
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http://www.youtube.com/watch?v=_55r3ZjhV_w al que se accedía a través de su página http://jagdterrierzorras.jimdo.com/ actualmente borrado su contenido por los autores tras las investigaciones de las autoridades
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Ecologistas Extremadura, ante la gravedad de los hechos denunciados, en los que se refleja la crueldad, el sadismo, la falta de sensibilidad y el desprecio por los animales de estos individuos, quiere hacer público lo ocurrido y pide que las administraciones competentes hagan lo necesario para que todo el peso de la ley caiga sobre los responsables de dichos actos. Cabe añadir que el titular de la citada página web está plenamente identificado, ya que aparecía su imagen en varios vídeos y fotografías, así como su correo electrónico, teléfono móvil, nombre, perfil de Facebook, etc.